Derechos de los Estudiantes

Derechos de los Estudiantes: Todos los estudiantes de la Institución Educativa San José del municipio de Chigorodó, de acuerdo con la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, el Código de Infancia y Adolescencia, los Derechos del Niño, los Derechos Humanos, la Ley 1620 de 2013 sobre convivencia escolar y los contemplados en este Manual de Convivencia Escolar, tienen los siguientes derechos:

 

Derechos básicos o fundamentales:

  1. El derecho a la vida es inviolable.
  2. Ningún estudiante podrá ser sometido a agresiones físicas, psicológicas o verbales.
  3. Todos los estudiantes recibirán el mismo trato respetuoso y tendrán los derechos que la Constitución Política y las Leyes de Colombia les confieren y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ningún tipo de discriminación, siempre y cuando, en su ejercicio no atenten contra los derechos de los demás.
  4. A la intimidad personal y familiar, al buen nombre y a la honra, así como al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás, la Constitución Política y las Leyes de Colombia, el Proyecto Educativo Institucional y el presente Manual de Convivencia Escolar.
  5. Libertad para expresar y difundir sus ideas, pensamientos u opiniones, siempre que lo hagan en forma adecuada y respetuosa, teniendo en cuenta los derechos y los principios que tienen las demás personas.
  6. A presentar solicitudes respetuosas a las autoridades, siguiendo el conducto regular, a los educadores, en forma directa, por escrito y por intermedio del representante de grupo o de la Personería Estudiantil en las diferentes instancias de participación y a obtener solución de las mismas solicitudes o peticiones.
  7. Se garantiza a los estudiantes que en todas las actuaciones administrativas y disciplinarias se aplicará el debido proceso establecido en la Constitución Política de Colombia y el presente Manual de Convivencia Escolar y la posibilidad de que acudan a las instancias superiores siguiendo el conducto regular.
  8. A un ambiente propicio para su desarrollo individual y social.
  9. A la defensa en todos los procedimientos en los que puedan ser sancionados, debiendo ser escuchados de acuerdo con el conducto regular establecido.
  10. A recibir una asesoría en pro de su desarrollo integral y que los forme en la participación y la democracia.
  11. A recibir una orientación adecuada y oportuna en todo lo relacionado con el desarrollo académico, la formación en valores y todo lo que conlleve o contribuya a su bienestar.
  12. A que les sea expedido el carnet estudiantil de acuerdo con las normas establecidas, a solicitar y obtener constancias, certificados y diplomas.
  13. A conocer el contenido del Manual de Convivencia Escolar y participar en su mejoramiento y actualización permanente.
  14. A que se le respete la libertad religiosa.
  15. A conformar y pertenecer en forma autónoma a organizaciones internas de carácter estudiantil cuyo objetivo sea el bien personal y de la institución.
  16. A usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar.
  17. A recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su liderazgo positivo y en actividades donde estén representando a la institución.
  18. A sugerir en forma oportuna, ante quien corresponda, propuestas de actividades que puedan realizarse en la institución para mejorar el logro de los objetivos de la Comunidad educativa.
  19. A ser eximidos de algún requerimiento de la institución cuando por justa causa, debidamente sustentada, lo solicite.
  20. A ser corregidos con respeto, justicia y objetividad.
  21. A disfrutar del descanso, del deporte y de las distintas formas de recreación, en los tiempos y espacios previstos para ello.
  22. A ser informados oportunamente sobre todo lo que afecte su desarrollo académico y personal.

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